Para: TodasSusVoces@gmail.com
Artículo 1º: Declárense de interés municipal las celebraciones motivadas en la llegada del año nuevo aborigen "Wiñoy Xipantu".
Artículo 2º: Considérese justificada la inasistencia al lugar de trabajo de aquellos agentes municipales pertenecientes a estas culturas, que no concurrieran al mismo con motivo de las celebraciones anuales indicadas en el Artículo 1º.
Artículo 3º: A los efectos de instrumentar lo establecido en el artículo 2º encomiéndese al Departamento Ejecutivo la reglamentación de la presente, para lo cual requerirá la participación de representantes de los Pueblos Originarios.
Articulo 4º de Forma.
Fundamentos:
Que la Constitución Nacional consagró la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas,
Que las celebraciones anuales de estas culturas representan una forma de mantener vivas las tradiciones ancestrales y comunicarlas al resto de la sociedad.
Que resulta adecuado reconocer a los integrantes de estas culturas aborígenes la posibilidad de participar en ellas sin que ello signifique un menoscabo en sus ingresos patrimoniales.
Que corresponde al Concejo Deliberante legislar en lo atinente a las modalidades de desarrollo del trabajo municipal.
Mas info: http://www.alihuen.org.ar/noticias/24-de-junio-comienza-el-ano-nuevo-indigena-mapuche-ranquel.html
Ing. Leandro M. Altolaguirre
Concejal UCR - FREPAM
Santa Rosa, La PAMPA.
Tel nº: 02954-451593
Cel nº: 02954 15669627
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