Alihuen reclama información al Ministro de Bienestar Social de La Pampa

De: ALIHUEN
Nota elevada al Ministro de Bienestar Social de La Pampa Gustavo Fernández Mendía

La Convención Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre en su artículo VII establece que todo niño tiene "derecho a protección, cuidado y ayuda especiales". Esta garantía ha sido ratificada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocida por Pacto de San José de Costa Rica) en su artículo 19 que dice que "todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado".


Santa Rosa 17 de febrero de 2010
Señor Ministro de Bienestar Social
Gustavo Fernández Mendía
S______________/______________D
 


  Me dirijo a Ud. en respuesta a la nota Nº 15/10 de la Subsecretaría de  Desarrollo Humano y Familia (http://leandro-altolaguirre.blogspot.com/2010/02/menores-en-guarda-yo-tutela-del-estado.html) que me fuera remitida en virtud de los pedidos de información por mí formulados los días 14 de octubre de 2009 y 23 de octubre de 2009. Amén de brindar una respuesta parcial y acotada a lo solicitado, debo manifestarle que no se me han brindado los datos estadísticos y objetivos requeridos.
                      Si bien se me invita a interiorizarme sobre el programa de familias de contención en la página web del Gobierno Provincial, sólo pude acceder a los datos publicados on-line con posterioridad a la presentación de mis requerimientos, dado que antes nada se publicaba en la página oficial, el avance es en este sentido lo encuentro muy positivo.
                     Cuando inició su gestión, Ud. declamó terminar con las Pymes relacionadas al tema de minoridad, advirtiendo su preocupación en esas palabras.  Entiendo que una manera de terminar con ello pudiera surgir de una modificación sustancial del sistema legal, donde se planten las mismas exigencias para integrar el listado de familias sustitutas y de padres adoptantes. De esta forma con un listado único se podría permitir adoptar a las familias sustitutas y a los padres adoptantes actuar como hogar de contención mientras se sustancia el trámite de adopción.
                     En cuanto al requerimiento expresado en la nota de referencia acerca de las iniciativas realizadas desde el ámbito municipal en pos de garantizar los derechos de las niñas y niños en la ciudad de Santa Rosa debo manifestarle que, se han mejorado sustancialmente las viandas otorgadas a través de los comedores escolares, elaborándose las mismas bajo la supervisión de especialistas en nutrición, garantizando así el derecho a una alimentación sana y saludable.
                     En igual sentido los jardines maternales dependientes del Municipio, por primera vez en años incorporaron contenidos pedagógicos, de manera tal que un niño que ingrese al sistema de educación formal desde un "Ayelen", se encontrará en las mismas condiciones que cualquier niño que pudo tener acceso a los jardines maternales privados.
                     Dada la escasa información disponible en la materia de minoridad y gestión de su planificación, no puedo brindar un modelo de gestión basado en un estudio objetivo, pero seguramente podrían mejorarse los modelos de gestión de los mini-hogares del norte provincial, del IPESA y sus relaciones con fundaciones y Ong's; su sistema de rendición de cuentas, de subsidios, el manejo adecuado de las becas de los internos, etc.
                     Sé de los trabajos conjuntos que realiza la Provincia y el Municipio, teniendo conciencia que mucho más podría realizarse con un mayor aporte económico del gobierno provincial, por lo que le solicito ahonde esfuerzos en estos sentidos.
                    Por todo lo expuesto reitero solicitud de PRONTO DESPACHO presentado el 06 de enero de 2010 a los requerimientos realizados el 14 de octubre de 2009 y 23 de octubre de 2009, bajo apercibimiento de presentar acción de AMPARO POR MORA de la administración y/o eventuales denuncias que por incumplimiento de los deberes de funcionario público pudieran corresponder.
                      Sin otro particular saludo a Ud. Atte,



Ing. Leandro Martín Altolaguirre
DNI 22.701.197
Concejal Municipal
Presidente de Alihuen



Asociación ALIHUEN, Objetivo social: . Art. 2º, e) difundir, promover y proteger los derechos humanos en general, y en particular los derechos de los niños, niñas y adolescentes reconocidos en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y Leyes Nacionales y/o Provinciales;

Anexo links de denuncia ante el Fiscal General de Investigaciones Administrativas -FIA-

http://leandro-altolaguirre.blogspot.com/2009/11/leandro-altolaguirre-denuncio-ante-el.html

http://leandro-altolaguirre.blogspot.com/2010/02/amplian-denuncia-en-la-fia-por.html


Asociación ALIHUEN

Alihuen: Palabra de origen mapuche cuyo significado es "Arbol en pie".
Web: www.alihuen.org.ar
E mail: alihuenong@cpenet.com.ar
Dir. Postal: H. Lagos nº 520, CP. 6300, Santa Rosa,
Prov. de La PAMPA, Patagonia ARGENTINA
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