YAHUAR, QUINCKE, LOS KIRCHNER Y LA DEPREDACIÓN PESQUERA |
De la nota efectuada por la Revista Puerto a Norberto Yahuar, surge el desenfado que demuestra la ostentación e impunidad que blinda a este funcionario, cajero de Néstor Kirchner según sus propias palabras ante armadores del sector en una reunión durante este verano en el puerto de Mar del Plata.
El caso de la depredación argentina demuestra que el Estado tuvo incentivos adicionales que actuaron en contra del establecimiento de medidas de ordenamiento y conservación de los recursos.
Revista Puerto: –Sabrá, por el cargo que ocupa y porque nadie puede alegar propia torpeza, que de la misma forma que la autoridad de aplicación está facultada para emitir un permiso de pesca, está también facultada para retirar ese permiso si el acto administrativo que lo generó estuviese viciado de nulidad. ¿Por qué se recurre a la justicia? Algo que más bien parece una forma de sacarse la responsabilidad de encima.
NY: Esta es una situación delicada por lo que atraviesa la pesca y sensible porque yo sé que todos los cañones me apuntan. Y si no me apuntan van a hacer que me apunten porque molesto, porque puedo hablar cuestiones como esta que estamos hablando de situaciones que han pasado y que nunca se han terminado de investigar, nunca hay culpables en la Argentina y todos sabemos que la justicia cuando llega tarde no es justicia.
RP: –Bien, en este contexto ¿me puede explicar por qué usted trae nuevamente a Jorge Quincke a trabajar a la Secretaría? Es el hombre por cuyas manos pasaron todos y cada uno de los permisos de pesca ilegales que se aprobaron en esa época.
Impresiona la impunidad del nombramiento Jorge Quincke
Esta metodología reiterada de carácter mafioso es común a los intereses de empresas extranjeras pesqueras radicadas en el país. Se vuelven a nombrar a quienes gestionaron la ilegalidad de permisos que nadie quiso investigar seriamente, ni el propio Yahuar, quien patea las soluciones legales para terminar con los buques ilegales que pescan en la Argentina desde Carlos Menem a la fecha.
La UBA efectuó una auditoria donde están certificadas las ilegalidades en la emisión de permisos de pesca. La AGN en sus reiteradas auditorías, muestra la depredación sustentada desde la Dirección de Pesca de la Nación. La corrupción que se incoa desde el Ejecutivo mantiene la caja pesquera sobre la base del enriquecimiento ilícito de armadores que son socios de los funcionarios que década tras décadas, como en el caso del Dr. Quincke —entre otros personeros de los lobbys— están enquistados en sus puestos para asegurar a los extranjeros que nada cambiará, esté quien esté como jefe de la administración. El status quo del gobierno, que recauda millones de dólares a través de coimas, no se detendrá.
Impresionante el descaro del Secretario Yahuar al nombrar a Jorge Quincke. Quincke es un delincuente que junto al Toco González Fernández, cuñado de Felipe Solá y Pucci, firmaron lo más ilegal que se les dio en gana, violando la Ley 24.315 del Acuerdo Comunitario. Quincke firmó cosas ridículas jurídicamente, como complementos de bodegas a buques con un cupo establecido previamente para ampliar su captura, esto violó el acuerdo nombrado y aumenté el esfuerzo pesquero a la fecha causando un daño irrecuperable al caladero por el aumento desmedido del esfuerzo pesquero.
Yahuar muy suelto de ánimo dice ser responsable de este nombramiento que es nada menos que reincorporar a un delincuente para que siga violando la ley. Al estado le falta sólo nombrar a Luis El Gordo Valor al frente de la casa de la moneda a ver qué pasa.
No hay que engañarse, Quincke es un funcionario ligado a Felipe Solá. La pregunta que cabe hacerse es qué hace gente de Sola en cargos pesqueros actuales de reciente nombramiento. Sigue la entrevista
NY: –Creo que hay que hacer una evaluación y creo que los funcionarios, en determinados momentos, no siempre han hecho lo que han querido. Y esto no sirve para limpiar su buen nombre, eso lo determinará la justicia si es o no responsable. En este caso yo soy el responsable por lo que haga la gente que esté bajo mi mando. Lo que sucede desde mi puesto hacia abajo es responsabilidad mía y me caben las generales de la ley.
RP: –O sea que se hace responsable de lo que pueda hacer Jorge Quincke.
NY: –Me tengo que hacer cargo, por supuesto, con él y con todos los demás funcionarios que están en funciones bajo mi mandato. Me hago cargo hasta de los inspectores.
RP: –Usted sabe perfectamente, porque lo sabe, que existe una tarifa en los distintos puertos para hacer desaparecer cerca del 20 por ciento de los cajones que se desembarcan y más o menos 6 a 8 kilos de merluza por cada cajón que finalmente se declara en el parte de pesca. ¿Hasta cuando va a permitir esa situación?
NY: –Todo eso se va a solucionar cuando se ponga en vigencia el sistema de cámaras abordo y las balanzas en los puertos. Yo no soy Harry Potter, que vino con una varita mágica a cambiar la pesca después de cincuenta años de un sistema que está funcionando de determinada manera. Yo vengo a implementar medidas para corregir toda esta serie de desaciertos, por decirlo elegantemente, que ha atravesado el sector. Y los empresarios saben perfectamente que el sistema vigente no les sirve. Cuando yo pueda demostrar el ilícito lo voy a denunciar. Lo que estamos haciendo es tratar de poner en vigencia sistemas para evitar que se produzcan esos hechos. Yo apunto a que el control funcione, tiene que funcionar.
Pareciera que nuestros funcionarios no comprenden que lo que deben hacer es obedecer la ley, no lo que quieran. Yahuar violó la Ley 24.922 liberando la transferencia de cupos fresqueros a congeladores, esté es un ilícito demostrado, sumando así el aumento del esfuerzo pesquero. Yahuar desconoce que si los peces se extraen a una velocidad inferior o igual a la que se reproducen, entonces la explotación que se realiza es sostenible en el tiempo. Si por el contrario, ello ocurre a una velocidad superior a la que éste se reproduce, entonces el recurso deja de ser renovable, se convierte en un stock que se agota y colapsa en un horizonte definido de tiempo. Este es el principio básico del desarrollo sustentable y la utilización racional de los recursos, consagrado en toda la legislación sobre el sector de debiera guiar la política pesquera.
El problema de las pesquerías se manifiesta como uno de los más críticos, tanto por su lenta reversibilidad ecológica como por sus profundas consecuencias sobre la actividad humana. Se llega a la situación de sobreexplotación por que se superan los cupos de captura máxima permitida. Recordemos nuevamente que esta situación se encuentra documentada en numerosas auditorías de la AGN.
El sector pesquero es el paradigma de cómo el Estado que debe administrar es cómplice de los empresarios pesqueros, incoando que se violen leyes de manera sistemática por medio de resoluciones hechas a medida de la necesidad de éstos y en desmedro de los intereses del país. Para trabajar en el sector, se debe aceptar las condiciones que se imponen desde la ilegalidad que mantienen la gobernabilidad que tanto pregonan nuestros presidentes.
¿Quién es el doctor Quincke?
Quincke en la década del ‘90 fue “participe firmante” para que la captura se multiplicara tres veces. Pasando del orden de las 550.000 toneladas a casi 1.500.000. Esto ha llevado a la merluza hubbsi, principal especie comercial al colapso. Desde 1999, esta especie por ley de la nación fue declarada en emergencia. -hace 10 años se reconoció la depredación e ilegalidad y desde entonces se continua pescando por sobre las capturas permitidas.
El sector administrativo de la Subsecretaría de Pesca, era conocido en épocas del doctor, bajo el nombre de “la cueva”. Trabajaban alrededor de 100 personas. Jorge Quincke, el Director Nacional de Pesca de entonces, era el responsable por la irresolución de 4.000 sumarios, muchos iniciados hacía 20 años como pudo comprobarse. Horacio Monsalvo, segundo de Quincke, era el encargado de fiscalizar la base del sistema de control satelital —Monpesat— y a quien se señaló como uno de los responsables por la caída del sistema. A partir del primero de octubre de 1999, el sistema dejó de funcionar. La deuda a Monpesat ascendía a un millón de dólares, en tres años nunca le habían pagado a la empresa. Al comienzo del contrato los equipos habían quedado frenados por varios meses en la Aduana. Representantes de la empresa española dijeron que faltaba voluntad de la Secretaría para ingresarlos.
Ante el cese del control Monpesat, unos 400 buques, que eran monitoreados, continuaron pescando sin ningún tipo de control oficial. Monsalvo informó que los buques saldrían a navegar con el equipo satelital inoperante. Asimismo reconoció que había muchos más permisos de pesca que los que “deberían haber”.
Las vedas y zonas de pesca diferenciadas por tipo de flotas no fueron adecuadamente controladas ni respetadas. Varios buques industriales fueron denunciados a fines del 1999 y principios del 2000 por pescar al norte del paralelo 48, la zona reservada a la flota fresquera.
Por la caja
Las presiones políticas que ejercen sobre el Estado argentino los sectores que deberían ser regulados, le generaron mayores incentivos políticos para mantener a la industria sobredimensionada y no ejercer los controles necesarios para organizar las capturas de modo eficiente y sustentable para el futuro. Yahuar para ello nombra a Quincke, especialista en violar las leyes y fabricar permisos a medida… La violación a las leyes por parte de la SAGPYA garantizan aún mayor impunidad, véase que la Dirección de Pesca no tiene registro de infractores (vedas) no hay castigos ejemplificadores, no hay política pesquera ex profeso, son funcionarios garantes.
El nombramiento del Dr. Jorge Quincke será para aconsejar como vulnerar "legalmente los controles". Es sabido que fue el artífice de las “maniobras legales” que violaron la ley 24.315 del Acuerdo Comunitario. Este sujeto fue quien hizo posible en la pesca legalizar lo ilegal. Su inclusión es para mantener este estatus quo con las empresas extranjeras ilegales y no deteriorar más la relación con España, pues si lo de aerolíneas les molestó si le bajan buques del caladero argentino nos invaden.
Incluir en una administración a un delincuente de guante blanco de la talla del Dr. Quincke es buscar la excelencia para depredar el caladero argentino con impunidad total. El Subsecretario Yahuar enancado en sus padrinos Julio de Vido y Néstor Kirchner, sabe que la Argentina no le demandará jamás nada por el daño que impulse sobre los recursos pues en Argentina no hay justicia, como el mismo reconoce, mientras este Gobierno tenga a la justicia cooptada. En la Argentina para ellos no hay justicia ni ley. Sin embargo, en su ceguera de poder no ven que hay un camino abierto para juzgar a quienes desde el estado violan los derechos garantizados desde nuestro boque constitucional aunque hayan sido sobreseídos: que un juez en la Argentina lo sobresea a Néstor, no significa que no va a ser juzgado en el futuro.
El lector sabrá disculpar la cantidad de material sobre el Dr. Quincke pero es muy útil para que pueda evaluarse la clase de “monje negro” y las aberraciones legales que impulsó doblando la letra de la ley que fuera, para hoy estar nuevamente como muestra de que los peores Traidores a la Patria en este Gobierno tienen un lugar siempre.
No se debe olvidar Yahuar que también será juzgado cuando llegue el momento al igual que nuestros "presidentes Kirchenrs" y sus ministros por traición a la Patria, administración fraudulenta del patrimonio de terceras generaciones, daño ambiental, violación a legislación Internacional como la CONVEMAR.
Sin justicia, sólo hay divisiones, víctimas y opresores. Napoleón Bonaparte
Recordando el informe de la UBA
Buque Cabo Mayor. Iniciador: Hansung AR SA. El iniciador en el carácter de propietario y armador del buque pesquero Aracena, en fecha 29/7/94, (fs.1) presenta un proyecto por la cual desea acogerse al Acuerdo en Materia de Pesca entre Argentina y la Comunidad, mediante la constitución de una Sociedad Mixta con la empresa argentina Hansung AR SA que conlleva la incorporación a dicha sociedad Mixta el buque arrastrero congelador de bandera española, propiedad de la sociedad Pescamarin SA denominado “Cabo Mayor” que cambiará su pabellón por el de la República Argentina. La sociedad pesquera argentina Hansung AR SA aportará al proyecto el Permiso de pesca Irrestricto correspondiente a su buque “Aracena” lo que se hará una vez aprobado el proyecto, que se describe a (fs. 43/44). A (fs. 9 y 46/50), se encuentran descriptos los buques involucrados en el proyecto y agregados los planos. A (fs. 10 y 43), se describen áreas y especies a capturar. A (fs. 81/142) obran fotocopias simples de la situación patrimonial de la empresa argentina involucrada en el proyecto (años 91/92/93). No se agrega documentación de la empresa comunitaria. A (fs. 16/17) se encuentran fotocopias simples de la presentación efectuada por la armadora comunitaria ante la Comunidad Económica Europea. A (fs. 25) Pesquera Cabo Mayor SA, reconoce ante la Unión Europea, que el Buque Cabo Mayor se encuentra paralizado desde hace tres años, en Puerto Madryn, ante la imposibilidad de hacer frente a las deudas y responsabilidades contraídas en el país. Situación que es confirmada a (fs. 146) por Hansung AR SA, comprometiéndose una vez aprobado el proyecto a abonar las deudas contraídas con la Prefectura Naval Argentina ,la Administración del Puerto y con distintos particulares. A (FS. 228) Pesquera Gran Cabo SA, solicita el correspondiente permiso de pesca, acompaña certificado de matrícula y copia certificada de los estatutos de constitución de la nueva sociedad mixta. A (fs 244) se otorga a la firma Gran Cabo SA, inscripción definitiva en el carácter de propietaria del buque pesquero “Cabo Mayor”.A (fs.247) en fecha 7/8/96, se otorga permiso de pesca definitivo excluyendo langostino, y se asigna cuota de captura anual de cuatro mil doscientas dieciocho con tres 4.218,3) toneladas. A ( fs. 253) 21/9/99,se solicita autorización para dar el cese de bandera al buque Cabo Mayor, no existen constancias de que se hubiera dado de baja. A (fs, 256) el Presidente de HANSUNG SA, asume la responsabilidad frente al supuesto de alguna establecerse alguna sanción.
En síntesis: de las constancias del expediente no resulta acreditado que se hayan cumplido con todos los requisitos del Acuerdo y con la normativa pesquera vigente. La aprobación de éste proyecto merece serios reparos jurídicos:
- Incumple recaudos legales como los referidos a la comprobación de la existencia y radicación del socio comunitario. La resolución 29/95, (fs. 154), firmada el 25/1/95 por el SAGP Ing. Felipe Solá, no tuvo en cuenta que la documentación presentada era insuficiente. Cabe señalar al respecto que conforme surge de los antecedentes que obran en los presente no se han cumplido tampoco con todos los recaudos exigidos por la R-557/94, sin lo cual la autoridad no debió aprobar ni asignar puntaje al proyecto.
En la presentación efectuada el 27 de julio de 1994(ver fs.18) ante las autoridades españolas, surge que dicha firma se encontraba en formación por lo que se deberá solicitar previamente, que el socio comunitario se constituya previamente. bajo forma de Sociedad Anónima y en su caso que acompañe copias de los estatutos, debidamente inscriptos ante las autoridades españolas de registro, directorio, domicilio legal, estado patrimonial de la misma y constancia de inscripción en el registro de Sociedades Extranjeras de la Inspección General de Justicia, de conformidad a los dispuesto por el art. 118 de la ley.
Por otra parte a la fecha de aprobar el proyecto no surgía con claridad cual era la situación del buque que aportaría la empresa Pesquera Cabo Mayor SA habida cuenta que el buque Cabo Mayor figuraba como de propiedad de la empresa española Pescarmin SA, sin que obren constancias de la transferencia del mismo a la firma comunitaria, desarrollando una actividad pesquera en el Atlántico Sudoccidental del 9/90 al 5/91.
- A (fs. 146) se pone de manifiesto que el buque, objeto del presente se encontraría paralizado y varado en Puerto Madryn desde el año l991, con la imposibilidad de hacer frente a las deudas y responsabilidades contraídas en nuestro país. Según el anexo I inc, D.1 del Acuerdo con la UE no se podían transferir permisos de buques inactivos por más de un año, cualquiera fuera la causa o cuando aquellos pertenezcan a empresas en quiebra. No respetándose el espíritu del acuerdo. Sin embargo a (fs. 208) el Dr. Jorge Quincke, considera que carece de toda relevancia jurídica efectuar alguna evaluación sobre la inactividad del buque comunitario, como lo requiere la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
- Se debió haber investigado las razones por las cuales se encontraba retenido en puerto Madryn evitando el ingreso de un buque infractor.
- A ( fs. 184) Hansung, rectifica las capturas del Aracena , en base a fotocopias certificadas del libre del Senasa, cuando se debieron presentar los partes de pescas originales debidamente sellados.
- Además, es inaceptable que habiendo manifestado que el buque a incorporar tenía deudas pendientes por infracciones, se permita la posibilidad que se le brindó de aprobar el proyecto y luego sanear las deudas. El buque no contaba con los requisitos exigidos en el Acuerdo Pesquero para la incorporación de buques comunitarios.
- El buque Aracena, que transfiere su permiso al Cabo Mayor, también estaba inactivo al momento de la presentación del proyecto, y no se certifica en ningún momento la características del permiso. De las actuaciones no se puede determinar como Hansung Ar. SA llegó a obtener el permiso y titularidad del buque Aracena, que en este proyecto transfiere. Del expediente Nº 40177/77 (AU 130 I), se desprende que la titular del permiso fue Productos del Mar SA y el último permiso fue renovado por dos años en fecha 28/3/85. A partir del 21/2/85, venciendo en consecuencias 21/2/87. Se debería efectuar una investigación para obtener el número de expediente en que aparentemente Productos del Mar SA, transfiere el buque y el permiso a Hansung SA, para determinar las condiciones en que se encontraba al momento de iniciar el proyecto.
Austral I. Este permiso se origina por una solicitud de transferencia presentada el 31/07/92 por la firma Navemar Austral SA, para que se le asigne a un barco a importarse que se denominaría Austral I, el permiso irrestricto pero sin langostino del buque San Juan Bautista, que habría adquirido en la quiebra de Huemul SA. El trámite original no tiene objeciones ya que mediaron órdenes judiciales que preservaban al permiso y las características del barco ingresante son iguales o menores que las del cedente. En estos términos se le otorga al Austral I un permiso irrestricto sin langostino, según Res. 1307/92 firmada por el Secretario Regúnaga. Hasta aquí todo sería normal y correcto. El 14/01/94 Navemar Austral SA presenta un recurso pidiendo que se le conceda permiso irrestricto. Originalmente el buque lo tenía, luego se le sacó el de merluza y langostino pero a raíz de un recurso se le repuso a Huemul el permiso de merluza, sin langostino ya que el barco no cumplía con los requisitos de la Res. 1113/88. Ahora Navemar Austral dice que el Austral I si reúne los requisitos de la Res. 1113/88 y que la inactividad del San Juan Bautista estaba justificada por lo tanto solicita que se le reintegre el permiso original. Sin que mediaran actuaciones de la autoridad, sin que mediara dictamen de jurídicas y sin que mediara resolución alguna del Secretario, el tema es resuelto favorablemente por un funcionario que no tenía la competencia para hacerlo. Al respecto el dictamen de la auditoría dice textualmente: "Ello es resuelto por el Dr. Jorge Quincke, Director de Control y Administración del Recurso Pesquero, con fecha 04/02/96, sin que medie dictamen jurídico previo (fs. 79/80). El Dr. Quincke arriba a una resolución favorable a la empresa, sin advertir que la calidad del permiso era “cosa juzgada” al momento de solicitar la transferencia. No brinda justificación jurídica respecto de la transferencia de un derecho “mejor y más extenso” que el que poseía la cedente, que esta última no impugnó en sede administrativa como tampoco judicial. Así el 05/02/96 otorgó permiso definitivo e irrestricto de pesca a favor de Navemar Austral SA para el buque Austral I (fs. 81)”. Por todo lo expuesto queda en claro que la transferencia es viable, pero el permiso de langostino sería nulo, siendo el Austral I un barco tangonero langostinero, el tema tiene especial importancia (...)
Nota: El buque mencionado esta pescando sin cuestión alguna, quienes garantizan esta metodológica depredación son las actuales Autoridades pesqueras Nacionales.
Congelador Mar Dos. Cuando este barco se incorporó a la flota se le otorgó un permiso de pesca sin merluza ni langostino y limitado al Sur del paralelo 47°. Luego lo adquirió Argenova a la quiebra de Mar Lauquen SA y solicita transferirle el permiso irrestricto del Fuji en concepto de complemento de bodega (figura jurídica inexistente). En primer lugar se debe señalar que FALTAN los expedientes de los permisos originales del Fuji y del Congelador Mar Dos. Además en este expediente también faltan fojas que fueron retiradas por la empresa armadora. Por otra parte y al igual que en otros casos similares la DNPyA señala que como se trata de un complemento de bodega no se genera aumento en el esfuerzo de pesca, lo cual es totalmente absurdo y sirvió para autorizar transferencias entre buques totalmente disímiles como estos. Se le aplica a la transferencia la Res. 985/94 tomándose el límite de la mejor captura histórica del Fuji que correspondería al año 1994 con 3.894 TN. De este modo la Res. 742/97 aprueba la transferencia otorgándole al Congelador Mar Dos un permiso sin merluza ni langostino para el sur del 47° más un cupo irrestricto de 3.894 TN para todo el mar argentino. Posteriormente surge una diferencia entre los datos declarados por el Fuji en los partes de pesca provinciales y los nacionales que se utilizaron para asignarle el cupo correspondiente. Se abre una investigación y se llegan a las siguientes conclusiones: "1) Los partes de pesca entregados a la Dirección Nacional serían falseados en razón de los datos aportados a fs. 62 por Prefectura Nacional (listado de Capitanes y Patrones), ya que en ninguno de los casos coincide el Capitán que figura en los mismos con el consignado por la Prefectura. Señala que en los Partes de Pesca entregados a la provincia los datos son coincidentes con los aportados por Prefectura Nacional. 2) A fs, 123/176. Se adjuntan copias de manuscritos firmados por personal del SENASA, en los que consta una captura supuestamente realizada por el buque de la referencia equivalente a 3.204.020 kg para el año 1994, cifra que no coincide con lo consignado en los Partes de Pesca que fueran presentados por ante esta Dirección oportunamente. Asimismo es de considerar que la documentación referida lleva la firma de personas de imperceptible presencia durante la operatoria de los buques pesqueros, ya que quien suscribe no ha conocido en sus reiteradas visitas al mencionado puerto. 3) A fs. 97/ 113, se adjuntan supuestos documentos internos de la empresa, en los que se advierte un pormenorizado detalle de productos provenientes de ignotos buques e información adicional incomprensible para quien no maneja los códigos utilizados. 4) En su descargo la empresa argumenta que las diferencias en las cantidades consignadas en los Partes de Pesca entregados a las distintas autoridades (nacionales o provinciales) se deben a que en los Partes entregados a la provincia figuran sólo las capturas logradas en aguas de jurisdicción provincial. Este argumento no coincide con los datos consignados en los referidos documentos, en los que figuran posiciones de captura que corresponden a la jurisdicción nacional, ya que se encuentran muy lejos de las tres millas correspondientes a las aguas provinciales". Las actuaciones siguen adelante llegándose a la conclusión que los partes nacionales habrían sido falseados para aumentar las capturas, sin embargo el Director de Pesca, Jorge Quincke emite un dictamen donde decide dar por finalizada la investigación por no encontrar elementos suficientes para impugnar los partes de pesca "máxime cuando en aquella oportunidad con las herramientas de control adecuadas, aparentemente no las utilizó al momento de producirse la descarga o no accionó en su oportunidad si tal situación irregular se hubiese comprobado." Es decir que el propio funcionario responsable del área emite el dictamen absolviéndose y diciendo que la administración, o sea el mismo, tiene la culpa por no haber controlado oportunamente las descargas. Luego ese mismo funcionario suscribe el permiso definitivo con 3.894 TN de cupo irrestricto. Estas irregularidades son de suma gravedad y de por si causales para dictar la NULIDAD del permiso de pesca y accionar judicialmente contra la empresa armadora por falsedad de sus declaraciones juradas. Pero además existen otra irregularidad de igual jerarquía que no se mencionó, como por ejemplo que el Fuji es un barco Palangrero. Por lo tanto no debió autorizarse la transferencia de su permiso a un arrastrero. Al respecto existen antecedentes donde la autoridad negó el cambio de arte de pesca en un mismo barco, aduciendo que se trataría de un nuevo permiso. Además habría que verificar si el Fuji no estuvo inactivo por más de 180 días antes de pedir su reemplazo el 14/8/97 ya que nada se investigó al respecto.
Al igual que los poderosos genocidas de ayer, al finalizar sus mandatos, serán juzgados porque su política aplicada es generadora de hambre y genocidio.
http://www.revistapuerto.com.ar/RP_Noticia_Detalle.php?id=110
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